lunes, 17 de junio de 2019

CORRUPCIÓN EN LA DREL

CORRUPCIÓN EN LA DREL

A Luis Pinedo - Director DREL., le importa un bledo que se haya perjudicado económicamente a la UGEL Nauta. Comisión de procesos determinó que se sancione a la actual directora de esa entidad pero titular del sector prefiere el máximo blindaje


Cuando los intereses partidarios se superponen, la cautela de bienes estatales queda en segundo plano. ¿Qué defiende el titular de la dirección regional de educación de Loreto? Luis Alfonso Pinedo Piña, adrede viene dilatando la sanción contra directora de la unidad de gestión educativa local (UGEL) de Loreto/Nauta, pese a que la comisión especial de procesos, hace 3 meses, le notificó el informe final recomendando por unanimidad la emisión de resolución sancionadora debido a que encontró abundante información documentaria que compromete a la servidora en mención.

Como se recuerda, mediante resolución regional N° 004441 – 2017 GRL – DREL – D emitida en diciembre de 2017, la dirección regional de educación de Loreto dispuso imponer la sanción de destitución del servicio a la profesora Zenith Liceira Becerra Khan, del cargo de directora de la UGEL Nauta, por incurrir en falta muy grave, asimismo la inhabilitó para ejercer la función pública por un periodo de 5 años, por haber presentado boletas de venta, presuntamente, fraguadas para sustentar viáticos en el año 2016. Sin embargo, la mencionada medida administrativa fue apelada por la investigada logrando anular el acto resolutivo.

Mediante comprobante de pago N° 007239 del 5 de setiembre de 2016 correspondiente al código SIAF 0000001795, la UGEL Nauta aprueba el monto de 360 soles a nombre de Zenith Becerra Kahn, en calidad de directora de esta entidad, bajo el concepto de pago de la P/V (viáticos) N° 0828 ya que debía viajar hasta la ciudad de Lima en comisión de servicio para participar en el taller de capacitación organizada por el Ministerio de educación en temas de: Jornada de inducción, programas de alta gerencia, a desarrollarse del 22 al 28 de agosto del año 2016.

Becerra Khan, habría sustentado su rendición de gastos con el oficio N°559 – 2016 emitido el 19 de setiembre de ese mismo año anexando las boletas de venta N° 001 – 18021 de la empresa Foodz por el importe de 90 soles y la boleta de venta N°001 – 168007 de la empresa Rubí Representaciones SR por el monto de 180 soles, pero tras el trabajo de investigación realizado por el órgano de control interno de la UGEL Nauta, logró evidenciar que la verdadera boleta de venta de la empresa Foodz tenía consignada el 18 de junio de 2016 como fecha de consumo, del mismo modo se logró contrastar la verdadera boleta de venta de la empresa Rubí Representaciones SRL., la que fue emitida el 29 de agosto de 2016 pero tenía como importe de consumo la suma de 60 soles. En ambos caso, fueron los gerentes generales de cada empresa que, mediante oficios simples, adjuntaron las boletas de venta verdaderas.

Asimismo, con comprobante de pago N° 007442 del 12 de setiembre de 2016 correspondiente al registro SIAF N° 0000001904, se aprueba el importe de 960 soles a nombre de Zenith Becerra Khan por concepto de viáticos para cubrir comisión de servicio hasta la ciudad de Lima con la finalidad de participar en el taller de capacitación organizado por el Ministerio de educación entre el 25 al 28 de agosto de ese año.

En este caso, la servidora en mención, habría sustentado su rendición de gastos con el oficio N° 556 – 2016 del 19 de setiembre, en el que consignó, entre otras boletas, la boleta de venta de N° 003533 del 27 de agosto a nombre de la empresa y negociaciones Taxi Tours SAC por la suma de 350 soles, sin embargo el equipo OCI en el marco de las investigaciones solicitó información a la empresa de transportes en mención, sobre la veracidad de la boleta, recibiendo una contundente negativa por parte del gerente general indicando que la empresa no habría brindado los servicios a la UGEL Nauta y, como prueba de ello adjuntó una copia del emisor y usuario de la boleta en cuestión, la misma que se encontraba en blanco. 

Según se aprecia en el informe final que, la investigada Zenith Becerra argumentó que existía un presunto direccionamiento por parte del órgano de control interno por la forma de cómo se ejecutó el procedimiento llevado a cabo y cuestionaba la no existencia de pericias grafotécnicas de las boletas presentadas. Sin embargo, el equipo de la comisión de procesos desvirtúa lo advertido por Becerra Khan argumentando que se tratarían de cuestionamientos subjetivos e irrelevantes toda vez que, los responsables de OCI han actuado de acuerdo a los parámetros establecidos en su norma y que las pericias grafotécnicas exigidas por la servidora no son necesarias puesto que se trata de un proceso administrativo sancionador y no en instancias penales. 

Según los miembros de la comisión especial de procesos administrativos disciplinarios para docentes (CEPADD – DREL), los hechos expuestos han determinado la vinculación del grado de responsabilidad de la Lic. Zenith Liceira Becerra Khan, motivando el incurrimiento de la falta muy grave al haber causado perjuicio a la entidad falsificando y adulterando boletas de venta con la finalidad de sustentar los viáticos otorgados por la UGEL de Loreto/Nauta al momento que ejercía la función de directora de esta misma entidad.

Cabe resaltar la existencia del informe pericial contable N° 07 – 2019 – FPCEDCCF – N – SCL realizado por los peritos contables del ministerio público lo que finalmente concluyen que las boletas falsificadas constituyen un perjuicio económico para la UGEL de Nauta.

Finalmente, el informe N° 001 – 2019 realizado por el equipo CEPADD – DREL declara improcedente la solicitud de realización de pericias grafotécnicas, informe oral y toma de declaraciones exigidas por la investigada Becerra Khan puesto que se consideran innecesarias ya que el expediente cuenta con abundante información, y se recomienda sancionar a la servidora en calidad de directora de la UGEL Nauta, por un periodo de 12 meses sin goce de remuneraciones.

Este informe fue refrendado por Yadira Santillán del Águila – Presidente de la comisión, Joel Rolando Tovar Torres – Miembro titular de la comisión, y, Liliana Bardales Manrique – Miembro titular de la comisión, el pasado 11 de marzo y fue recibido por el despacho del director DREL – Luis Alfonso Pinedo Piña el 18 de marzo de 2019, sin que a la fecha emita la resolución sancionadora que el caso exige, incurriendo de esta manera en abuso de autoridad, tráfico de influencias, encubrimiento y negligencia funcional .

Del mismo modo, este informe de la CEPADD – DREL fue derivado, desde la oficina general de transparencia, ética pública y anticorrupión del ministerio de educación, hasta el despacho de Tito Flores Nunta – Secretario técnico de procesos administrativos disciplinarios del gobierno regional de Loreto, para que se adopten las medidas correctivas sin embargo, también este funcionario del Gore omitió las advertencias del Minedu con el fin de seguir con el plan de encubrimiento. Todo queda en la casa política.

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