domingo, 31 de mayo de 2020

SUNASS ESTABLECE MEDIDAS A FAVOR DE LOS USUARIOS DURANTE LA EMERGENCIA

SUNASS ESTABLECE MEDIDAS A FAVOR DE LOS USUARIOS DURANTE LA EMERGENCIA 

Montos facturados en exceso durante la emergencia serán devueltos al usuario


La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) publicó la Resolución de Consejo Directivo Nº 012-2020-SUNASS-CD, que establece disposiciones extraordinarias relacionadas con los servicios de saneamiento y el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas en el marco del estado de emergencia nacional, con el fin de asegurar la continuidad del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.

Una de las principales medidas de esta norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados durante el estado de emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico de consumo.

Así, las empresas prestadoras que no hubiesen realizado la toma de lecturas por efecto de las medidas de aislamiento social dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas, y que hayan facturado en base al promedio histórico o asignación de consumo; al reanudar la toma de lecturas deberán establecer el volumen efectivamente consumido por el usuario, según determine la diferencia de lecturas existente desde la última lectura anterior al aislamiento. Dicho volumen será prorrateado entre el número de meses en que se facturó por promedio histórico o asignación de consumo y el mes en el que se realizó la lectura.

En caso el volumen facturado por promedio histórico excediera al volumen calculado por la diferencia de lecturas, las empresas prestadoras deberán efectuar la devolución correspondiente al usuario, a través de una nota de abono en el primer recibo facturado por diferencia de lecturas. 

En caso contrario, en que el volumen calculado por la diferencia de lecturas sea menor, la empresa prorrateará el exceso entre el número de meses que dure el aislamiento social.

Es importante indicar que la regulación vigente considera que, los usuarios comerciales e industriales que no están operando pueden solicitar la suspensión de los servicios de agua potable y alcantarillado, mientras dure el estado de emergencia.

La Sunass, en el marco de sus funciones, está vigilando la correcta facturación y fraccionamiento de los recibos por servicios de saneamiento para evitar que se realicen cobros excesivos a los usuarios. En ese sentido, el presidente ejecutivo de la Sunass, Iván Lucich Larrauri, manifestó que la Sunass ha programado realizar sesiones virtuales orientativas con las 50 empresas prestadoras sobre la correcta aplicación de la estructura tarifaria y la adecuada facturación, con la finalidad de que no incurran en errores que afecten a los usuarios.

INDECOPI REALIZA MÁS DE 3MIL FISCALIZACIONES EN TODO EL PAÍS

INDECOPI REALIZA MÁS DE 3MIL FISCALIZACIONES EN TODO EL PAÍS

Hasta el día 72 del estado de emergencia sanitaria 

  • Labor conjunta de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización y las Oficinas Regionales del Indecopi.
  • En la Región Loreto se han efectuado 113 fiscalizaciones.

Hasta el día 72 del estado de emergencia, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) junto con las Oficinas Regionales del Indecopi, realizaron 3693 fiscalizaciones a nivel nacional en los sectores de enseñanza y comercio, con el propósito de que los proveedores de estos servicios corrijan aquellas conductas que infringen los derechos de los consumidores, particularmente durante esta crisis sanitaria. 

Gracias al trabajo de monitoreo permanente realizado por la GSF, desde el primer día del estado de emergencia, se han logrado identificar las situaciones críticas más frecuentes que afectan a las personas en los sectores económicos de mayor impacto durante esta coyuntura. 

En ese sentido, la implementación de herramientas colaborativas virtuales, como el “Reporte ciudadano” y “Reclama Virtual”, ha permitido que la ciudadanía se sume al trabajo de fiscalización realizado por el Indecopi, el mismo que ahora se ejecuta de manera remota (a distancia) y que ha permitido verificar el cumplimiento de ciertas conductas en diferentes sectores.

En el sector enseñanza se realizaron 2127 fiscalizaciones en colegios, así como 44 en universidades y 27 en institutos. Así se verificó:

En colegios: 
  • Que no se cobren pensiones adelantadas.
  • Que no se suspenda el servicio a distancia por falta de pago de pensiones.
  • Que no se cobren pensiones si es que no se ha prestado el servicio.
  • Que no se cobren cuotas extraordinarias o no autorizadas.
  • Que no se cobren penalidades o recargos adicionales por concepto de traslado de estudiantes a otros centros educativos.
  • Que no se incluyan cláusulas abusivas en nuevos contratos o compromisos celebrados con los padres y madres de familia.
  • Se informe sobre el procedimiento de devolución de los útiles escolares que ya fueron entregados al centro educativo.

En universidades:
  • Que no se cobren pensiones, si el servicio no se ha prestado.
  • Que se brinde atención a través de los canales de comunicación habilitados por la misma institución.
  • Que se brinde atención oportuna a las solicitudes de gestión.

En institutos:
  • Que no se cobren pensiones si no se ha prestado el servicio.
  • Que no se requiera de un pago adicional para efectuar la reserva de matrícula.
  • Que no se nieguen injustificadamente a efectuar la reserva de matrícula.

En el sector comercio, se realizaron 1481 fiscalizaciones en boticas y farmacias, así como 14 fiscalizaciones a supermercados, ‘supermayoristas’ y minimarkets, verificándose:

En boticas y farmacias: 
  • La puesta a disposición de la lista de precios.
  • Cobro de los precios previamente informados.
  • Redondeo de precios a favor del consumidor.
  • Que no se privilegie la oferta de medicamentos de marca sobre genéricos.
  • Cumplimiento del servicio de delivery ofrecido.
  • Que los medicamentos que se informan en la lista de precios se encuentren disponibles.
  • Libro y aviso de reclamaciones. 

En supermercados, ‘supermayoristas’ y minimarkets:
  • Exhibición de precios en góndolas y anaqueles 
  • Que los precios informados coincidan con los efectivamente cobrados 
  • Redondeo de precios a favor del consumi dor 
  • No comercialización de productos vencidos
  • Cumplimiento del servicio de delivery ofrecido

Solo en Loreto la Oficina Regional del Indecopi de esta región ha logrado efectuar un total de 66 fiscalizaciones a colegios (ubicados en los distritos de Belén, Iquitos, Punchana y San Juan Bautista) y 47 a boticas y farmacias (también en los distritos antes mencionados).

Con esta labor, la institución reafirma su compromiso con la defensa de la competencia y la protección de los derechos de los consumidores, especialmente en este periodo de emergencia, para contrarrestar los posibles daños que pudieran ocasionar a las personas los proveedores que se encuentren incumpliendo las normas.

Para conocer el avance permanente de las mencionadas acciones, puede ingresar a www.indecopi.gob.pe, hacer clic en la sección “Quédate en casa” y luego dirigirse a la pestaña “Fiscalización en cifras”. Aquí encontrará los reportes actualizados diariamente. 

Asimismo, se recuerda que la ciudadanía tiene a su disposición:
  • La herramienta ‘Reporte Ciudadano’ (https://cutt.ly/bt4QNRA), a través de la cual se puede reportar cualquier tipo de incidente en alguno de los sectores económicos priorizados durante este estado de emergencia.
  • Las líneas telefónicas habilitadas a través del Servicio de Atención al Ciudadano: 224 77 77, para Lima, y el 0 800 4 4040, para regiones.

  • En Loreto al 985187915 y al 6501, 6503

  • Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe para la recepción de consultas, dudas y reclamos. Y para casos puntuales de la Región Loreto al correo electrónico: lor-reclamos@indecopi.gob.pe

Conozca más:
El Indecopi es una entidad administrativa que no tiene facultades legales para regular los precios en el mercado, debido a que en el país no existe el control de precios ni tarifas de ningún producto o servicio, salvo de los servicios públicos que están regulados como telefonía (Osiptel), energía (Osinergmin), agua y servicios de saneamiento (Sunass), infraestructura aeroportuaria, carreteras y puertos (Ositran).

Sin embargo, recuerda que, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, sí puede sancionar a los proveedores que no respeten los precios que informan o que se pongan de acuerdo para fijarlos (concertación).

En cuanto a servicios educativos, el Ministerio de Educación es la autoridad rectora y tiene facultades para fiscalizar planes de recuperación de clases e información del costo del servicio educativo, en el marco de las disposiciones por el gobierno durante esta emergencia sanitaria.

OSITRÁN PROTEGE A LOS USUARIOS DE LAS CARRETERAS

OSITRÁN PROTEGE A LOS USUARIOS DE LAS CARRETERAS

Cumplimiento de contratos de concesión asegura que los ciudadanos puedan transitar por vías óptimas


La presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), Verónica Zambrano, reafirma que, es función del organismo regulador cautelar el fiel cumplimiento de los contratos de concesión vial, y ello asegura que los ciudadanos puedan transitar por carreteras seguras y de calidad.

Los contratos de concesión contemplan la recuperación de las inversiones a través del cobro de las tarifas de peajes, una acción que ha sido suspendida -durante el estado de emergencia-, mediante a la Ley N° 31018, sin derecho a una compensación posterior y olvidando que el “pago del peaje representa una carretera operando con adecuados niveles de servicio y con la garantía de contar con la asistencia requerida”, refirió la titular del ente regulador.

El transporte es una actividad esencial, que permite la continuidad de la actividad logística en el país, asegurando el traslado de alimentos y medicinas, a todos los rincones del país, labor en la que participan los concesionarios brindando servicios de mantenimiento y auxilio en las vías.

Es así que, a la fecha, desde el inicio del periodo de aislamiento social, en las 16 carreteras supervisadas por el Ositrán a nivel nacional, se han atendido 1064 auxilios mecánicos y 282 auxilios médicos, además de trabajos de rehabilitación de la transitabilidad de las carreteras obstruidas a consecuencia de factores climáticos que ocasionan derrumbes y huaycos. 

La presidenta del Ositrán considera que la Ley N° 31018 genera interrogantes sobre si las empresas concesionarias demandarán al Estado o dejarán de cumplir con sus obligaciones, lo que implicaría no contar con servicio de ambulancia, central de emergencia y remolque, y el mantenimiento de las carreteras, afectando el tránsito adecuado por las vías y por ende, la seguridad y calidad de vida de los usuarios.

La presidenta del Ositrán resalta que el cumplimiento de los contratos de concesión por parte del Estado otorga seguridad jurídica y atrae más inversiones, lo que finalmente impulsa el desarrollo del país. 

El Ositrán invoca a las autoridades a revisar la última parte de la norma, que prohíbe expresamente cualquier derecho compensatorio y permitir que se activen los mecanismos contractuales de compensación pactados en los respectivos contratos de concesión.