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miércoles, 26 de junio de 2019

PROVEEDORES A MEDIDA EN LA DIRESA LORETO

PROVEEDORES A MEDIDA EN LA DIRESA LORETO

Se favoreció a empresa para que realice servicios de recolección de residuos peligrosos sin que ésta cuente con la autorización de ley por lo que debe subcontratar a otra, hecho que genera sobrecostos


Gestión del Dr. Pinillos Reyes contrató a empresa no autorizada para el recojo de residuos peligrosos sin contar con la logística exigida ni con la debida autorización de ley para el manejo de residuos sólidos biocontaminantes, por lo que ésta debe subcontratar con otra empresa encareciendo los costos del servicio. Argucia administrativa estaría ocasionando perjuicio económico a la región.

Mediante informe N° 001 realizado por el equipo del órgano de control institucional (OCI) de la dirección regional de salud (Diresa) Loreto, sobre la gestión y manejos de residuos sólidos en el centro de salud de San Juan de Miraflores, sede de la microred de salud sur, se logró evidenciar que la entidad de manera irregular contrató a la empresa Funisil Ambiental EIRL para que brinde el servicio de recojo y disposición final de residuos peligrosos de los establecimientos de salud de la red Maynas (CCSS Moronacocha, San Juan Bautista, Bellavista Nanay y 6 de Octubre).

El coordinador regional de la unidad ecológica y protección del ambiente, informó al director de salud ambiental de la Diresa Loreto que hasta el 1 de marzo del año 2019 la empresa citada había realizado el servicio logrando recaudar hasta 5,005 kilos de residuos peligrosos y biocontaminados de los diferentes establecimientos de salud de Maynas, por lo que recomendó mediante informe N°039 – 2019 – GRL – DRSL/DESA – UEPA., la gestión y canalización del pago correspondiente al comprobante de pago N° 4939 con registro SIAF N° 0000002724 a nombre de la empresa Funisil Ambiental EIRL por el importe de S/ 17,675.

Sin embargo, la documentación que sustenta la ejecución del citado servicio no corresponde a la empresa Funisil Ambiental EIRL., sino a las empresas Brunner SAC y MP Construcciones.

Cabe resaltar lo advertido en el informe OCI., respecto a que la empresa Funisil no se encuentra en el registro de empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos de la dirección general de salud ambiental del ministerio de salud, así como tampoco en el registro de la dirección general de gestión de residuos sólidos del ministerio del ambiente, por lo que esta empresa no contaría con la autorización respectiva para recolectar, transportar y disponer residuos sólidos biocontaminados.

Según la documentación, se evidenció que la entidad del sector salud paga a la empresa Funisil EIRL un costo unitario por kilogramo de S/ 3.50 por la ejecución del servicio de recolección, transporte y disposición final de los residuos biocontaminados, mientras que ests empresa paga a Brunner por el mismo servicio un costo unitario por kilogramo la suma de S/ 2.80, excediendo hasta en 70 céntimos por kilo; lo cual deja la interpretación que Funisil Ambiental EIRL habría generado una ganancia de S/ 3,503.5 por el servicio realizado en el mes de marzo. Finalmente, se advierte que es obligación de la entidad contratar aempresas operadoras d e residuos sólidos que tengan autorización emitida por autoridades competentes.

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